¿Asignación por productividad gerencial tiene carácter remunerativo? [Cas. Lab. 4605-2017, Lima]
Fundamentos destacados: Sexto: El concepto solicitado de Asignación por Productividad Gerencial, sería una gratificación extraordinaria que no tendría relevancia remunerativa; no obstante ello, el concepto antes señalado no fue abonado de esta forma, sino que; por el contrario, su pago se realizó a partir de enero del año dos mil en forma consecutiva y de manera mensual. Ahora bien, se desprende de las disposiciones referidas a la remuneración, contenidas en el tercer considerando, el carácter de libre disponibilidad, la cual se encuentra vinculada a la falta de condicionamiento para su percepción, además de requerir el carácter regular, ordinario, fijo y permanente, para tener la naturaleza de computable. Sétimo: En ese sentido resulta necesario citar el Convenio de la Organización Internacional de Trabajo (OIT) numero 100 sobre Igualdad de Remuneración, ratificado por Resolución Legislativa Nº 13284 del ...