Extinción de las sociedades por prolongada inactividad.
Mediante el Decreto Supremo Nº 219-2019-EF se reglamenta la norma de extinción de las sociedades por prolongada inactividad; esto es, la situación jurídica en la que concurren por la no realización de actividad empresarial y económica vinculada al objeto social, o fines de la sociedad, así como la falta de inscripción de actos societarios. Por tanto, la norma será aplicable a todas las formas societarias reguladas por la Ley General de Sociedades y otras normas sobre la materia, con excepción de las empresas del sistema financiero, siempre que no afecte derechos de terceros. El reglamento, de esa forma, desarrolla los alcances del Decreto Legislativo Nº 1427, aprobado por el Poder Ejecutivo para regular la extinción de estas sociedades a fin de eliminar la posibilidad de que sean utilizadas para la comisión de delitos. Esto es, evitar que continúen indefinidamente en situación de opacidad; así como depurar, actualizar y ordenar la información a cargo del registro de personas jurídi...