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Mostrando las entradas con la etiqueta REGISTRO ÚNICO DEL CONTRIBUYENTE - RUC

INFORME 165-2009: CONSORCIOS

INFORME   165 - 2009 - SUNAT 1.     Los consorcios que lleven contabilidad independiente de la de sus partes contratantes deben inscribirse en el RUC, conforme a lo señalado en la Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT.    Por el contrario, los consorcios que no llevan contabilidad independiente están impedidos de inscribirse en el RUC, sin perjuicio que tal obligación recaiga sobre sus partes contratantes.    2.     Los consorcios que llevan contabilidad independiente de la de sus partes contratantes deben emitir el comprobante de pago respectivo por las operaciones que realicen.    En ese sentido, tratándose de consorcios que no llevan contabilidad independiente  y en los que cada parte contratante contabiliza sus operaciones, los sujetos obligados a emitir el comprobante de pago son, precisamente, cada una de las partes contratantes en su calidad de contribuyentes.     CONCLUSION...

Extinción de las sociedades por prolongada inactividad.

Mediante el Decreto Supremo Nº 219-2019-EF se reglamenta la norma de extinción de las sociedades por prolongada inactividad; esto es, la situación jurídica en la que concurren por la no realización de actividad empresarial y económica vinculada al objeto social, o fines de la sociedad, así como la falta de inscripción de actos societarios. Por tanto, la norma será aplicable a todas las formas societarias reguladas por la Ley General de Sociedades y otras normas sobre la materia, con excepción de las empresas del sistema financiero, siempre que no afecte derechos de terceros. El reglamento, de esa forma, desarrolla los alcances del Decreto Legislativo Nº 1427, aprobado por el Poder Ejecutivo para regular la extinción de estas sociedades a fin de eliminar la posibilidad de que sean utilizadas para la comisión de delitos. Esto es, evitar que continúen indefinidamente en situación de opacidad; así como depurar, actualizar y ordenar la información a cargo del registro de personas jurídi...

¿Qué sucede si tengo actividades empresariales, no tengo RUC y SUNAT me detecta?

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Medidas de simplificación y facilitación - RUC

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Medidas de simplificación y facilitación Simplificación de requisitos para realizar trámites de Registro Se eliminó el requisito de presentar copia del DNI en trámites del RUC y Comprobantes de Pago.  R. de S. N° 208 -2016/SUNAT Facilitación en la atención de trámites en cualquier Centro de Servicios al Contribuyente (CSC) a nivel nacional Ahora se puede hacer trámites en todos los Centros de Servicios al Contribuyente del país, no importa donde quede el domicilio fiscal de la persona entidad o empresa.   R. de S. N° 282 -2016/SUNAT Eliminación de la presentación de la DDJJ cuando no registra movimiento Quienes desarrollan actividad empresarial, no necesitarán presentar declaración mensual de Renta e IGV si, además de no haber generado ingresos gravados con el Impuesto a la Renta en un mes determinado, no adquirieron bienes o servicios u otros que les hayan generado crédito fiscal, ni tampoco hayan anotado en su Registro de Compras algún comp...

Código de validación - Error para imprimir comprobantes de pago

Colegas contadores y tributaristas y publico en general, acá les doy un Tip tributario : Si no puedes imprimir tus comprobantes y el error que sale es que no validaste tu correo, lo que tienes que hacer es revisar el correo consignado en la ficha RUC. Un código de validación llegará a tu Correo , el cual se ingresara en la clave sol. Si no lo encuentras hay dos posibilidades 1. esta en el spam , la segunda es que el correo consignando este erróneo. acá les paso un tutorial muy bueno, éxitos http://prezi.com/7j6ywyh7bn_y/…

Las Sucesiones Indivisas Califican como Persona Juridica ó Persona Natural

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Las   sucesiones indivisas con negocio son sujetos que si bien carecen de personería jurídica detentan capacidad tributaria, siendo que para efectos del Registro Único de Contribuyentes (RUC) no califican como personas naturales ni como personas jurídicas.     INFORMEN.° 121-2009-SUNAT/2B0000   MATERIA:   Se consulta si, para efectos del Registro Único de Contribuyentes, las sucesiones indivisas con negocio califican como personas naturales o personas jurídicas.  BASE LEGAL:     -     Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado por el Decreto Supremo N° 135-99-EF, publicado el 19.8.1999, y normas modificatorias (en adelante, TUO del Código Tributario).  -     Ley del Registro Único de Contribuyentes, Decreto Legislativo N.° 943, publicado el 20.12.2003 (en adelante, Ley del RUC).  -     Resolución de Superintendencia N.° 210-2004/SUNAT, que aprueba la...