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ENTES EDUCATIVOS EMITIRÁN COMPROBANTES ELECTRÓNICOS A PARTIR DE ENERO 2020

Resolución de Superintendencia N° 318-2017/SUNAT ( http://www.sunat.gob.pe/legislacion/superin/2017/318-2017.pdf ) Empresas de transporte de pasajeros también están obligadas. A partir de enero del próximo año las empresas de transporte, las instituciones educativas y los centros culturales privados estarán obligados a emitir comprobantes de pago electrónicos (facturas y boletas de venta), informó la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (Sunat). La Resolución de Superintendencia N° 318-2017/SUNAT, que regula esta obligación, establecía el inicio de la emisión electrónica de comprobantes de pago para estos contribuyentes para el 1° de enero del 2019, pero fue postergada hasta el próximo año. Lineamientos Un comprobante de pago electrónico es todo documento regulado por la Sunat, que demuestra la entrega de bienes, la entrega en uso o la prestación de servicios. Para su emisión se utiliza una herramienta informática autorizada como tal por l...

¿ Una institución educativa nacional secundaria debe obtener RUC por alquiler de locales ?

INFORME N.° 118-2019-SUNAT/7T0000 Se consulta si una institución educativa nacional secundaria debe obtener RUC(1 ) para emitir comprobantes de pago por las actividades productivas y/o empresariales que realiza (alquileres de locales de la institución educativa), en el marco del Decreto Supremo N.° 028-2007-ED( 2 ). http://www.sunat.gob.pe/legislacion/oficios/2019/informe-oficios/i118-2019-7T0000.pdf CONCLUSIÓN: Una institución educativa nacional secundaria debe obtener RUC para emitir comprobantes de pago por las actividades productivas y/o empresariales que realiza (alquileres de locales de la institución educativa), en el marco del Decreto Supremo N.° 028-2007-ED.