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Retiro de los bienes afectos al Impuesto a la Venta de Arroz Pilado fuera de las instalaciones del molino – IVAP RTF N° 08036-2-2013 O.O. (16/05/2013)

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IMPUESTO A LA VENTA DE ARROZ PILADO – IVAP RTF N° 08036-2-2013 (16/05/2013)  Que dice la Ley : Ley que crea el Impuesto a la Venta de Arroz Pilado y modifica el Apéndice I del Texto Único Ordenado del Impuesto General a las Ventas e Impuesto Selectivo al Consumo LEY Nº 28211 (Publicado: 22.04.2004) Artículo 4º.- Presunción de venta y responsabilidad solidaria En todos los casos del retiro de los bienes afectos al Impuesto a la Venta de Arroz Pilado fuera de las instalaciones del molino se presumirá realizada una primera venta de dichos productos. En el caso de que los bienes afectos al Impuesto a la Venta del Arroz Pilado sean retirados de tales instalaciones por el usuario del servicio de pilado, éste será el obligado a efectuar el depósito correspondiente al Sistema de Pago de Obligaciones Tributarias con el Gobierno Central, establecido por el Decreto Legislativo Nº 940 y norma modificatoria, en la cuenta abierta a su nombr...