MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 239-2018/SUNAT QUE ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA
MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA N° 239-2018/SUNAT QUE ESTABLECE EL USO OBLIGATORIO DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA OPERADOR DE SERVICIOS ELECTRÓNICOS Y DEL SISTEMA DE EMISIÓN ELECTRÓNICA SUNAT OPERACIONES EN LÍNEA Y MODIFICAN LA RESOLUCIÓN DE SUPERINTENDENCIA Nº 117-2017/SUNAT
Resolución de Superintendencia Nro. Nº 044-2019/SUNAT (publicada el 28/02/2019)
Como se recuerda la artículo único de la Resolución de Superintendencia Nº 239-2018/SUNAT dispone que, los emisores electrónicos que al 31 de diciembre de 2018 tengan la calidad de principales contribuyentes nacionales, principales contribuyentes de la Intendencia Lima, principales contribuyentes de las intendencias regionales y oficinas zonales o agentes de retención o agentes de percepción del impuesto general a las ventas (IGV) deben cumplir con la obligación referida en el considerando anterior desde el 1 de marzo de 2019; mientras que los sujetos en los que, a partir del 1 de enero de 2019, concurran las calidades de emisor electrónico y de principal contribuyente nacional, principal contribuyente de la Intendencia Lima, principal contribuyente de intendencia regional u oficina zonal o agente de retención o agente de percepción del IGV deben cumplir la citada obligación desde el primer día calendario del cuarto mes siguiente a aquel en que concurran las calidades mencionadas.
1. El articulo único de la presente resolución señala que están obligados a utilizar el SEE - OSE y/o el SEE - SOL desde las fechas indicadas a continuación:
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