Notarios podrán presentar al registro partes con firma digital.

Considerando destacado: Que, con la entrada en vigencia de la citada Directiva, se dispone, por primera vez en el sistema registral, que los notarios presenten al registro partes con firma digital haciendo uso de la plataforma virtual de la SUNARP, denominada: Sistema de Intermediación Digital (SID-SUNARP), que, entre otros, habilita el procedimiento de inscripción registral sobre la base de documentos electrónicos con valor legal, al amparo de Ley N° 27269, Ley de Firmas y Certificados Digitales y del artículo 141-A del Código Civil;



https://legis.pe/sunarp-aprueba-directiva-dispone-notarios-presenten-partes-firma-digital/

https://www.sunarp.gob.pe/viewdocument.asp?RutaFile=Contenido_Documentos\DOCUMENTO_CONTENIDO\377_388463&NombreFile=Central+Resolucion+N%B0120%2D2019%2DSUNARP%2DSN%2Epdf

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