Deducción de gastos de los vehículos
En general, las empresas deben pagar el impuesto a la renta (29.5%) sobre las ganancias obtenidas al desarrollar sus actividades. Para llegar a esa ganancia, se permite que puedan restar (deducir) de la renta obtenida los gastos que hayan servido para generarla. Dentro de ellas están los de vehículos automotores, como la depreciación del costo (precio), la cesión en uso (ej. alquiler), y los asociados a su funcionamiento. Ahora bien, para deducir estos gastos, se deben observar diversas reglas y limitaciones, que varían dependiendo de la utilidad que la empresa le dé al vehículo; esto es, (I) si el uso es para actividades netamente operativas, o (II) si es asignado a actividades de dirección, representación y administración. En el primer caso, cuando el vehículo automotor es destinado a fines operativos de la empresa (ej. gestiones de venta o cobranza, etcétera) se podrán deducir los gastos devengados, siempre que los vehículos resulten estrictamente indispensables y de forma perma...