Glosario de Fallos empleados en las Resoluciones del Tribunal Fiscal
ACUERDO N° 2019-13
Acuerdo Nº 13-2019
Fecha del acuerdo: 05/03/2019
Resolución de Observancia Obligatoria (No Aplicable)
Anexo (.pdf 415 kb)
Tema de la Sala Plena
Modificación del “Glosario de Fallos empleados en las resoluciones del Tribunal Fiscal.
Criterio de Observancia Obligatoria
1. Agregar los siguientes acápite al “Glosario de Fallos empleados en las Resoluciones del Tribunal Fiscal”:
Cuando la Administración eleva un recurso de apelación que no cuenta con la firma del apelante, conforme con el artículo 124 del T.U.O. de la Ley N° 27444 (aprobado por Decreto Supremo N° 004-2019-JUS). | Nulo el concesorio |
Cuando se alegó la prescripción de la acción para exigir el pago de deuda contenida en resoluciones de determinación o de multa en etapa de reclamación y se verifica que ha operado. | REVOCAR la apelada en el extremo referido a la prescripción y CONFIRMAR/REVOCAR(1) la apelada, según corresponda, en cuanto al fondo de la materia controvertida. |
Cuando se alegó la prescripción de la acción para exigir el pago de deuda contenida en resoluciones de determinación o de multa en etapa de reclamación y se verifica que no ha operado. | CONFIRMAR la apelada en el extremo referido a la prescripción y CONFIRMAR/REVOCAR(1) la apelada, según corresponda, en cuanto al asunto de fondo de la materia controvertida. |
Cuando se alegó la prescripción de la acción para exigir el pago de deuda contenida en resoluciones de determinación o de multa en etapa de apelación y se verifica que ha operado. | FUNDADA la apelación en el extremo referido a la prescripción y CONFIRMAR/REVOCAR(1) la apelada, según corresponda, en cuanto al asunto de fondo de la materia controvertida. |
Cuando se alegó la prescripción de la acción para exigir el pago de deuda contenida en resoluciones de determinación o de multa en etapa de apelación y se verifica que no ha operado. | INFUNDADA la apelación en el extremo referido a la prescripción y CONFIRMAR/REVOCAR(1) la apelada, según corresponda, en cuanto al asunto de fondo de la materia controvertida. |
Cuando en la apelación lo único que es alegado por el apelante es que la resolución apelada no ha sido notificada conforme a ley, lo que es corroborado en esta instancia y no se ha producido la notificación tácita | Remitir |
Cuando la Administración no cuenta con causal para efectuar la determinación sobre base presunta. | Revocar la apelada y dejar sin efecto el valor |
Cuando la Administración cuenta con causal pero no ha seguido el procedimiento establecido para efectuar la determinación sobre base presunta. | Revocar la apelada y dejar sin efecto el valor, de corresponder |
(1)No incluye casos en los que se declara la nulidad del valor y casos en los que el valor es dejado totalmente sin efecto.
2. De conformidad con el punto precedente, aprobar el Anexo actualizado del “Glosario de Fallos empleados en las Resoluciones del Tribunal Fiscal” y proceder a su publicación en la página web del Tribunal Fiscal”.
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