EL ATRASO EN LOS LIBROS ELECTRÓNICOS: ¿POR FIN UNA SOLUCIÓN A LA FALTA DE GRADUALIDAD?



EL ATRASO EN LOS LIBROS ELECTRÓNICOS: ¿POR FIN UNA SOLUCIÓN A LA FALTA DE GRADUALIDAD?
MARIO ALVA MATTEUCCI
El Decreto Legislativo N° 1420 se publicó en el Diario Oficial El Peruano el 13.09.2019 y realizó algunas modificaciones al texto del Código Tributario. De manera específica el artículo 4 de dicha norma incorporó el numeral 10 al artículo 175 del citado Código, señalando como infracción relacionada con la obligación de llevar libros y/o registros o contar con informes u otros documentos la siguiente:
“10. No registrar o anotar dentro de los plazos máximos de atraso, ingresos, rentas, patrimonio, bienes, ventas, remuneraciones o actos gravados, o registrarlos o anotarlos por montos inferiores en el libro y/o registro electrónico que se encuentra obligado a llevar de dicha manera de conformidad con las leyes, reglamentos o Resolución de Superintendencia de la SUNAT.”

fuente vealo completo : http://blog.pucp.edu.pe/blog/blogdemarioalva/2019/09/16/el-atraso-en-los-libros-electronicos-por-fin-una-solucion-a-la-falta-de-gradualidad/

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