T REGISTRO: ENTREGA DE CONSTANCIA AL TRABAJADOR

ENTREGA DE CONSTANCIA AL TRABAJADOR

El Art. 4-A del D.S. N.° 018-2007-TR y normas modificatorias señala que el empleador deberá entregar a los trabajadores y P.S. 4ta-5ta Categoría, la  constancia de alta, modificación o actualización y baja que se efectúe en el T-Registro, de acuerdo a los siguientes plazos:




  La entrega de la constancia podrá realizarse mediante entrega física o electrónica.

Comentarios

Entradas más populares de este blog

PLAME : CASILLAS Ingresos Bonificaciones - Trabajador

¿ES POSIBLE QUE UTILICEMOS EL DOCUMENTO DE ATRIBUCIÓN EN EL CASO DE INGRESOS?

PLAME : REPORTES