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Mostrando las entradas de agosto, 2020

Resolución de Superintendencia N° 065-2020/SUNAT (PRESENTACION DE LIBROS EN PANDEMIA)

Con  la publicación de la Resolución de Superintendencia N° 065-2020/SUNAT, la Administración Tributaria amplió la prórroga de los vencimientos de las obligaciones tributarias mensuales y los plazos máximos de atraso de los libros y registros vinculados a asuntos tributarios. En relación a esta última facilidad, la mencionada norma incorporó a las empresas con ingresos netos entre las 2,300 y 5,000 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Así, sólo gozan de la prórroga aquéllos libros y registros cuyos vencimientos se encuentren entre el 16 de marzo y el 31 de mayo del 2020. Los libros y registros que se encuentren dentro de ese rango podrán ser regularizados hasta el 4 de junio de 2020; con excepción de los Registros de Ventas y Registro de Compras Electrónicos, cuyos vencimientos se encuentran regulados por la Resolución de Superintendencia Nº 269-2019/SUNAT, que disponen un cronograma específico.   En ese sentido, las empresas con ingresos netos que no superen las 5,000...

INFORME N.° 013-2020-SUNAT/7T0000 - LIBROS ELECTRÓNICOS

 INFORME N.° 013-2020-SUNAT/7T0000 MATERIA:  En el supuesto en que la Constancia de Recepción del libro y/o registro electrónico se emita fuera de los plazos establecidos en el Anexo N.° 2 de la Resolución de Superintendencia N.° 234-2006/SUNAT( 1 ) y, respecto al Registro de Ventas e Ingresos o Registro de Compras electrónicos, fuera de los plazos que establece la SUNAT mediante resolución de superintendencia, se consulta: ¿Cuál es la infracción en que incurre el contribuyente por presentar los libros y/o registros electrónicos fuera de los plazos establecidos a partir de la vigencia del Decreto Legislativo N.° 1420( 2 ), que incorpora el numeral 10 al artículo 175° del Código Tributario? CONCLUSIÓN:  En el caso de que la Constancia de Recepción del libro y/o registro electrónico se emita fuera de los plazos que establece la SUNAT mediante resolución de superintendencia, a partir de la vigencia del Decreto Legislativo N.° 1420, el sujeto obligado habrá incurrido en la in...

ITAN : BASE IMPONIBLE CONTABLE O HISTORICO / INFORME N.° 007-2018-SUNAT/7T0000

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INFORME N.° 007-2018-SUNAT/7T0000 Impuesto Temporal a los Activos Netos: Base Imponible MATERIA: Tratándose de una empresa que, en aplicación de las normas contables, tenga que contabilizar sus activos fijos utilizando una base de medición diferente al costo histórico inicial, se consulta: 1. En caso de no corresponder efectuar el ajuste por inflación del balance general conforme al régimen regulado por el Decreto Legislativo N.° 797 ¿el valor de los activos netos que figure en el balance cerrado al 31 de diciembre del ejercicio anterior, deberá ser considerado a valores históricos? 2. Para la determinación de la base imponible del  ITAN  ¿se deberá considerar los activos netos a sus valores históricos, es decir, sin incluir los mayores valores por la aplicación del concepto “valor razonable”, resultante de la aplicación de las normas contables? CONCLUSIONES: Tratándose de una empresa que, en aplicación de las normas contables, tenga que contabilizar sus activos fijos utilizan...